CARTA XXI DE MAG DESDE PRISIÓN!

Absuelto el capitán de la Guardia Civil.

 

 

Hoy, sábado 16 de julio, leo en la prensa local de Jaén que el capitán de la Guardia Civil condenado el pasado marzo a 21 meses de prisión por malos tratos ha sido absuelto desde la sección tercera de la audiencia provincial. Según la redacción del periodista Enrique Alonso, dicho tribunal basa su veredicto en la “inexistencia de pruebas que certifiquen los hechos” y a la existencia de un procedimiento de divorcio “que pudiera contaminar el caso”.

 

La primera sentencia, del Juzgado nº 4 de lo Penal de Jaén consideraba probado que “su mujer vivió un verdadero calvario en su matrimonio” y, además, las dos hijas de la pareja declararon en contra de su padre. Sin embargo, ahora, la audiencia dictamina que “quedan ausentes cuales fueron los constantes actos de malos tratos físicos y agresiones en relación a fechas o tiempo concreto en el que se produjeron, así como existe falta de credibilidad atribuida a los testigos sobre los hechos”.

 

Desde la cárcel no pretendo criticar, ni siquiera entrar a valorar, este veredicto absolutorio. Es más, pienso que, seguramente, la audiencia provincial haya hecho justicia con este hombre, de lo cual, me alegraría. Pero me resulta inevitable establecer paralelismos entre el caso de este capitán de la Guardia Civil y el de un simple ciudadano de a pie (ahora preso, que es peor) como yo.

 

¿Por qué la audiencia provincial no valoró en mi caso la inexistencia de pruebas que certificasen los hechos denunciados? La acusación no fue capaz de presentar ni un mísero parte de lesiones (con lo fácil que resulta que un médico se lo expenda a cualquier mujer) ni testigo de agresión física alguna. Entonces ¿Por qué tal inexistencia es decisivamente exculpatoria en el caso de una capitán, e irrelevante en el caso de un don nadie como quien escribe?

 

Además, en mi caso también existía, no un procedimiento, sino dos, que contaminaban el asunto de forma contundente. El primero era el de ruptura con la denunciante (hacía seis meses) y establecimiento de nueva pareja con otra mujer. El segundo procedimiento era la primigenia denuncia que yo había interpuesto, por la paliza que recibí a manos del hermano de mi ex pareja. Mira tú por dónde, la audiencia provincial de Jaén (magistrados passolas, cáliz y molina) no calificaron ambas circunstancias como “procedimiento contaminante del caso”. Total ¿qué tendrá que ver que la muchacha haya denunciado al ex novio tan sólo cinco horas después de que este denunciase al hermano de ella? Simples coincidencias.

 

Pero el agravio comparativo no queda ahí, pues esta ilustrísima audiencia provincial (cuya credibilidad ha quedado por los suelos después de mi caso y, para comprobarlo, no hay más que buscar en Google mi nombre o el de los magistrados implicados) ha resaltado la falta de credibilidad de las hijas del capitán y, sin embargo, otorgó total credibilidad al testimonio de padre, madre, hermano de la que a mí me denunció en falso, quienes por cierto, no fueron capaces de relatar ni un solo episodio de malos tratos… sino que “la niña estaba siempre muy decaída”… que “hablaba poco”… y cuatro imbecilidades insertadas en un guión que ni la fiscala, ni el juez, ni ellos mismos se creían.

 

Un esperpento así explica el absoluto descrédito en que se encuentra inmerso nuestro actual sistema judicial. Pero ya no es sólo descrédito, sino que somos millones los ciudadanos que repudiamos al mismo, pues resulta cada vez más patente que, para que la inexistencia de pruebas sea tenida en cuenta, para que procesos contaminantes sean valorados, para que el binomio Constitución+Código Penal se aplique cuando tiene que aplicarse y, en definitiva, para que los jueces carburen como tienen que carburar, uno tiene que ser político, personaje famoso (véase Farruquito, Campanario, etc) o, como acabamos de ver, capitán de la Guardia Civil.

 

Miguel Ángel García Moreno, tras dos años de prisión cumplidos el 11 de julio.

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