Los informes sobre denuncias falsas por violencia de género cocinados por el CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial sólo detecta tres denuncias falsas por malos tratos en 2010 (http://www.elmundo.es/elmundo/2010/11/24/espana/1290622095.html). Y muchas son, si tenemos en cuenta que el CGPJ se basa en casos ya juzgados y sentenciandos, en los que la simple palabra de la denuncianta se tomó como prueba irrefutable.

 

Las tendenciosas estadísticas que suele emitir el CGPJ y con las que este pretende minimizar el impacto de las denuncias falsas se basan en apelaciones a las Audiencias Provinciales, es decir, audiencias que conocen esos casos por haber sido apelados. Casos ya juzgados y condenados en primera instancia. O sea, se extraen las denuncias falsas, no entre las denuncias, sino entre los casos ya cribados por la justicia y condenados por jueces/as que consideraban "santa palabra" la declaración de la denuncianta, omitiendo, además, las llamadas “sentencias de conformidad”, aspecto muy a tener en cuenta ya que la mayoría de los imputados (inocentes o culpables) asumen sin dudar el consejo de su abogado de aceptar una conformidad para evitar la cárcel o, en su caso, una condena el doble de grande.

 

Por otra parte, tampoco se tiene en cuenta que, en la mayoría de casos considerados por el CGPJ para estos informes, se valora la declaración de la víctima como prueba de cargo para establecer la condena, y en muchos de ellos tal testimonio es la ÚNICA prueba.

 

Por lo que, en puridad, en todos esos casos resulta imposible saber cuáles son denuncias falsas o no. Por más que, al amparo de una Ley y una doctrina injustas, haya recaído una condena. En resumen, las únicas denuncias falsas detectadas en estos manipuladores informes del CGPJ son las de mujeres que declaran ante la justicia el haber mentido o son descubiertas en flagrantes mentiras, circunstancia harta difícil tras haber sido bien preparadas, entrenadas y aleccionadas por abogados más asesoras del Centro de Información a la Mujer.

 

Por todo esto, la única conclusión objetiva de estos pseudo-informes, respecto a las denuncias falsas, es que, con esta Ley que rompe de raíz con la presunción de inocencia, resulta imposible detectarlas a no ser que la mujer denunciante lo declare expresamente o meta la pata hasta el cuello.

 

Ejemplos recientes:

 

- Lleva a su marido a juicio con cuatro años en juego: http://nievesmoreno.blogia.com/2010/050201-la-suerte-que-no-tuvo-mag-.php

 

- Denuncia a su marido por falsos malos tratos para poder irse con su amante: http://www.laopiniondemalaga.es/malaga/2012/04/12/denuncia-marido-falsos-malos-tratos-irse-amante/499112.html

 

- Condenada por presentar una denuncia falsa contra su expareja en San Sebastián: http://www.diariovasco.com/gipuzkoa/201410/15/condenada-presentar-denuncia-falsa-20141015120729.html

 

- A juicio por acusar a su novio de agresión cuando se había caído debido a sus tacones: http://psalasalcolea.blogspot.com.es/2014/09/a-juicio-por-acusar-su-novio-de-agresion.html

 

- Condenada a un año y medio de cárcel por denunciar falsamente a su marido por malos tratos: http://www.granadahoy.com/article/granada/1060169/condenada/ano/y/medio/carcel/por/denunciar/falsamente/su/ex/marido/por/malos/tratos.html

 

- Pasó 11 meses en la cárcel por 8 denuncias falsas de maltrato de su expareja. Ella llegó a denunciar una agresión cuando  él estaba en prisión: http://www.elmundo.es/elmundo/2009/05/31/andalucia_sevilla/1243764411.html

 

¿Entonces es necesario que la denuncianta confiese su falsedad manifiesta, o que se derrumbe moralmente, o que su testimonio despida "tufo a zafia falsedad", o que sus denuncias alcancen el nivel de ridículo? Pues apañados estamos entonces. Esto evidencia que la ideología ha sustituido los datos. En este terreno y en otros muchos, el hembrismo ha prescindido de la humanidad, de la sociología o de la ciencia política para dar por sentado un punto de vista meramente ideológico (el varón es culpable hasta que se demuestre lo contrario) que pueda eclipsar rotundamente al científico.

 

Dada esta mencionada presunción de culpabilidad del varón, resulta prácticamente imposible conocer la verdadera dimensión de este grave problema de las denuncias falsas.

 

Se añade la circunstancia de los varones absueltos por la justicia. Resulta que el régimen hembrista no dice que sean inocentes, sino "que no se ha podido demostrar su culpabilidad" ya que solo se detectan aquellas denuncias cuya falsedad (como en los ejemplos anteriores) se puede demostrar escandalosa y fehacientemente. Casi siempre por algún error cometido por la denunciante o por su incapacidad psicológica de seguir manteniendo la mentira por más tiempo.

 

Entonces, ¿cuántos inocentes como MAG (http://nievesmoreno.blogia.com/2011/020601-la-historia-de-una-sentencia-paranormal.php) han pasado y pasarán por la cárcel? Nunca se sabrá porque la inmensa mayoría quedará para siempre (oficial y socialmente), en virtud de estas denuncias, como maltratadores. Y sus sentencias habrán servido para alimentar estos lamentables informes del CGPJ, y para la prensa del régimen además de toda su tropa de retuiteadores y compartidores compulsivos de Facebook.

 

Pasillo de la cárcel de Jaén
¿Cuántos?

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Comentarios: 4
  • #1

    Alema Zennarefd (lunes, 15 diciembre 2014 19:32)

    Amigo, basta que hables con Policía, Funcionarios de Juzgado y dee Servicios Sociales, y demás para que veas que TODO EL MUNDO SABE QUE LAS DENUNCIAS FALSAS SON UNA NORMA Y NO UNA EXCEPCION

  • #2

    camisetas world gym (miércoles, 25 febrero 2015 10:56)

    Gracias por el gran post en tu blog, lo que realmente me da una visión sobre este tema.

  • #3

    Mereces saberlo (lunes, 30 noviembre 2015 15:46)

    Es rotundamente falso que "el CGPJ se basa en TODOS los casos ya juzgados y sentenciandos"
    la FGE solo informa de una gran minoria de esos casos imputadois, juzgados y condenados el 50%.
    ya que los ciudadanos no se molestan el leer bien lo que dice y quiere decir la FGE cuando informa sobre denuncias falsas, toca sugerir esto al Poder Judicial: https://www.facebook.com/MereceSaberlo/posts/831840516933947

  • #4

    Justicia Para MAG (lunes, 30 noviembre 2015 16:42)

    Estimado Mereces Saberlo.

    Cuando en este artículo afirmamos que "el CGPJ se basa en casos ya juzgados y sentenciados" nos basamos en el siguiente texto del libro "Las Mujeres que no amaban a los hombres de Diego de los Santos López:


    "En octubre de 2009 una nota de prensa del Consejo General del Poder Judicial (2009) se iniciaba con el encabezado ”Se rompe el mito de las supuestas denuncias falsas por vio-lencia de género”, y continuaba con el subtítulo ”Sólo 1 de las 530 resoluciones estudiadas podría encuadrarse como denuncia falsa”. La nota de prensa estaba dando ideas para los titulares a la prensa, como de hecho ocurrió. Esta nota se basaba en un estudio del llamado “Grupo de Expertos y Expertas en Violencia Doméstica y de Género del CGPJ”. Su aparición parecía responder tanto a la creciente respuesta social, contra la Ley de Violencia de Género, como a la reunión, prevista para noviembre, de la subcomisión de Vio-lencia de Género del Congreso para analizar precisamente los resultados de la aplicación de dicha Ley. Y, de fondo, seguramente al intento del gobierno de llevar la bandera de la violencia de género a su presidencia de la Unión Europea, ante la casi total falta de argumentos frente a Europa. La nota de prensa cumplía su objetivo mediático. Pero del análisis, aunque sea superficial, del informe que la sustenta, se deduce la falta del mínimo rigor en las “conclusiones “ del encabezado. El 95.48% de los casos analizados en el informe eran apelaciones a las Audiencias Provinciales, es decir, casos ya juzgados y condenados en otras instancias, y que además apelaban; casos que suponen menos del 10% del total de denuncias por la Ley de Violencia de Género. Se habían buscado las denuncias falsas no entre las denuncias, sino entre los casos ya cribados por la justicia y condenados, omitiendo, además, las llamadas “sentencias de conformidad”. Por otra parte, en 148 de los casos analizados se valora la declaración de la víctima como prueba de cargo para establecer la condena, y en otros 42 casos el testimonio fue la única prueba. Por lo que, en puridad, en todos esos casos resulta imposible saber cuales son denuncias falsas o no. Por más que, al amparo de una Ley y una doctrina injustas, haya recaído una condena. En resumen, la única denuncia falsa detectada en el informe fue la de una mujer que, ante la condena a su pareja, declaró por escrito y en el propio recurso de apelación a la Audiencia, que había mentido. Y la única conclusión objetiva de este informe, respecto a las denuncias falsas, es que resulta imposible, con esta Ley y con la ruptura de la presunción de inocencia, detectarlas. A no ser que la mujer denunciante lo declare expresamente y por escrito. Y a veces ni siquiera de ese modo. Lo triste del asunto es que se incoaran actuaciones contra una mujer que, ante la constatación del despropósito en que se había visto envuelta, tuviera el coraje de rectificar ante la justicia."